|20A| TOLIMA - DETENCIÓN ILEGAL DE MENOR DE EDAD EN EL MARCO DEL PARO NACIONAL AGRARIO



DENUNCIA PÚBLICA


Durante el desarrollo del segundo día del Paro Nacional Agrario en el Norte del Tolima, se continúa presentando represión a la comunidad campesina evitando que marchantes se movilicen libremente, atacando a quienes ejercen el derecho a informar sobre estas arbitrariedades.

HECHOS


Siendo las 10:30 de la mañana del día 20 de agosto, miembros del Consejo Municipal de Juventudes CMJ y del Observatorio Socioambiental de la Provincia de los Nevados (CORPONEVADOS), registraron fotográficamente el retén que la Policía realiza en la salida del municipio del Líbano - vía al cruce de Armero; reten que se ha intensificado desde el día de ayer 19 de agosto con el inicio del Paro Agrario, desde donde se ha hostigado a la comunidad campesina, siendo ellos prácticamente los únicos a los que se les solicitan documentación, además conductores de medios de transporte público y privado son amenazados con la realización de comparendos por “sobrecupo”, obstaculización de la vía si se detienen a recoger pasajeros entre otras; es preciso aclarar que estos retenes se encuentran también en el corregimiento de Padilla del municipio de Lérida y a pocos metros de la llegada al cruce de Armero.

Dada esta situación el compañero secretario del CMJ y vocal de CORPONEVADOS, ANDRÉS FERNANDO ROLDAN GOMEZ menor de edad fue retenido arbitrariamente por miembros de la Seccional de Investigación Judicial SIJIN y Policía Nacional del Líbano durante media hora en el punto conocido como el rompoing a la entrada del municipio; hacia las 11:00 am fue llevado a la estación de policía donde se le interrogó y se le retuvo el celular por más de 15 minutos, tiempo en el cual se extrajo información personal entre fotos, contactos, videos, música y notas de voz, información que fue totalmente eliminada del teléfono celular. Al compañero se le trato directamente de subversivo y se argumentó su retención en la posibilidad de que la información fotográfica fuera utilizada para cometer un atentado contra miembros de la policía, sin presentar ninguna base jurídica para sustentar realmente la retención.

El capitán de la Policía Julián Olaya decía no tenerlo retenido a la fuerza, sin embargo era imposible salir de la estación, como menor de edad se solicitaba la presencia de un familiar; defensores de derechos humanos y miembros de CORPONEVADOS que hicieron presencia en el sitio igualmente fueron víctimas de señalamientos y fue necesario acudir a Bienestar Familiar con el fin de garantizar el debido proceso. A las 12:00m el compañero salió de la estación con funcionarios del ICBF, quienes lo trasladaron al seno de su familia.

El compañero igualmente es miembro de la comisión de comunicaciones del comité de paro agrario, por lo que denunciamos:

1. La violación al artículo 28 de la constitución política en el que se consagra el libre derecho a la locomoción, el compañero fue retenido sin orden judicial alguna y sin motivo previamente definido.

2. La violación al artículo 29 de la CP donde se consagra el derecho al debido proceso, el compañero fue retenido por miembros de la SIJIN y la Policia Nacional, siendo menor de edad, por lo que se tuvo que haber acudido a la Policía de Infancia y Adolescencia, además reiteramos que no contaban con orden judicial alguna previamente establecida.

3. La violación al artículo 15 de la CP que consagra el derecho a la intimidad personal y familiar, el teléfono celular del compañero fue retenido sin orden judicial, esto teniendo en cuenta que cualquier forma de comunicación privada es inviolable.

4. La violación del artículo 20 de la CP que garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial; declaramos censurada la posibilidad de informar a la comunidad en general, sobre los hechos que hoy afectan el libre desarrollo de la protesta ciudadana consagrada en la constitución política colombiana. El artículo 20 hace referencia a la NO CENSURA.

RESPONSABILIZAMOS


Al Estado Colombiano en cabeza del señor presidente de la república JUAN MANUEL SANTOS CALDERON, al gobernador del Departamento del Tolima el doctor LUIS CARLOS DELGADO PEÑON, al alcalde del municipio del Líbano Tolima señor JESUS ANTONIO GIRALDO VEGA y al Capitán de la Policía del Líbano JULIAN OLAYA, por la violación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política colombiana, cometidas por miembros de la Policía Nacional y la Seccional de Investigación Judicial SIJIN, contra los ciudadanos del municipio del Líbano y los miembros del Consejo Municipal de Juventud y el Observatorio Socioambiental de la Provincia de los Nevados, que participan y apoyan las jornadas de movilización y protesta del Paro Nacional Agrario, convocado por la Mesa Nacional de Unidad Agraria, desde el día 19 de agosto.

EXIGIMOS.


1. Que cesen las acciones de hostigamiento y persecución a los ciudadanos que hacen uso del legítimo derecho a la protesta ciudadana.

2. Que se garantice la libertad de expresión y de prensa que todos los ciudadanos gozan de acuerdo a la constitución y las leyes.

3. Que se respete la libertad de movilidad ciudadana en el Líbano y demás municipios de la región.
4. Que se respete el derecho a la privacidad e intimidad de los ciudadanos de la región, que han sido reseñados de distintas formas bajo argumentos calumniosos y tendenciosos, por parte de la fuerza pública.

5. Que se garantice el derecho de todos los ciudadanos al debido proceso y la presunción de inocencia que consagra la constitución y las leyes.

6. Al presidente de la Republica, al gobernador del Departamento del Tolima, al alcalde del Líbano, al Capitán de la Policía del Líbano, al defensor del pueblo, al personero municipal del Líbano, a actuar eficazmente, para garantizar los derechos humanos y fundamentales de quienes han sido víctimas de los excesos de autoridad de las fuerza pública.

Llamamos.


A los ciudadanos del Líbano, a las autoridades civiles, eclesiásticas y en general, a rodear a quienes ejercen el derecho a la protesta ciudadana, a denunciar las arbitrariedades que se cometan contra los ciudadanos que exigen y practican sus derechos sociales y políticos en el municipio y el departamento del Tolima.

Comisión de comunicaciones.

Paro Nacional Agrario del Norte del Tolima
Observatorio Socioambiental de la Provincia de los Nevados
CORPONEVADOS.
Consejo Municipal de Juventud del Líbano Tolima
CMJ.

20 de agosto de 2013

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1 Comentarios

Anónimo dijo…
Qiuisiera saber mas del acontecer del paro agrario en el libano tolima, los escritores del libano que tanta representacion tienen en Colombia, se han hecho sentir? Como apoyan sus raices? . Las familias raizales que hacen? El comercio y la plaza de mercado que pasa con ellos?